Repara tu Deuda, despacho de abogados líder en España en la Ley de Segunda Oportunidad, ha logrado una nueva cancelación de deuda mediante la aplicación de esta herramienta. Se trata del caso de MR, residente en Gijón (Asturias), a quien el Juzgado de Primera Instancia nº6 de Gijón (Asturias) ha concedido Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), liberando al concursado de una deuda que ascendía a 31.354 euros. VER SENTENCIA.
Los abogados de Repara tu Deuda explican su historia, habitual en personas que se tienen que acoger a esta legislación: “acumuló una serie de préstamos. Desgraciadamente, sufrió la situación de paro durante un tiempo prolongado. Esto hizo que no pudiera hacer frente a la cantidad que le reclamaban. Ahora puede vivir una situación libre de deudas tras quedar exonerado de la cantidad que debía”.
Desde su aprobación en España en el año 2015, la Ley de la Segunda Oportunidad está cada vez más presente en la vida de los ciudadanos. Y es que, en la actualidad, Repara tu Deuda Abogados está consiguiendo cancelaciones de deuda cada día en alguna parte de España.
De hecho, el despacho ha logrado superar ya la cifra de 70 millones de euros exonerados a sus clientes, lo que le coloca como líder en el mercado de cancelación de deudas de particulares y autónomos. Y es que más de 18000 particulares y autónomos han puesto su caso en manos de los responsables de Repara tu Deuda Abogados. La previsión es que esta cifra siga incrementándose en próximas fechas como consecuencia de la crisis económica provocada por el coronavirus y también por el mayor grado de conocimiento de esta legislación entre los ciudadanos españoles.
Según explican los abogados, “hemos realizado grandes inversiones para poder dar a conocer la Ley de la Segunda Oportunidad en todo el país ya que consideramos que todavía existen muchas personas que pueden ser beneficiarias de esta legislación y que, desgraciadamente, la desconocen».
La Ley de la Segunda Oportunidad permite que particulares y autónomos puedan cancelar sus deudas en los casos en los que cumplan los requisitos de no superar los 5 millones de euros como importe debido, procurar un acuerdo previo para el pago a plazos de esta cantidad o que sean deudores de buena fe.