Desde el 18 de abril de este año, ya se han concedido las primeras 4 resoluciones de ayudas que ofrece el Kit Digital a todas aquellas empresas que a lo largo del 2021 tuvieran una plantilla media de entre 10 y 49 trabajadores.
Son ya más de 5.000 las empresas que han recibido resolución positiva de la solicitud de la ayuda de este plan de digitalización de pymes y tendrán ahora 12 meses para aprovechar los 12.000 euros que el Kit Digital incluye para empresas de este tramo de ayudas.
Algunas empresas han optado por intermediarios y consultoras especializadas para apoyarse en la gestión del Kit o Bono Digital de ayudas para la transformación y digitalización de las pymes en España, procedentes de los fondos especiales de la Unión Europea.
El Kit Digital es un programa de ayudas públicas, financiado con los fondos “Next Generation UE”, con los que el Gobierno pretende impulsar la digitalización del tejido empresarial español. Las empresas de menos de 50 trabajadores y los autónomos podrán pedir estos “bonos digitales”, de entre 2.000 y 12.000 euros, para contratar soluciones tecnológicas a través de los agentes digitalizadores y optimizar con ellas sus negocios.
Gracias a estos fondos, empresas como Q&MA Consultores, consultora sevillana especializada en el diseño de software personalizado y portales web de comercio electrónico para pymes, pondrán a disposición de las pymes sus servicios sin coste, pues será el Estado el encargado de abonar los mismos a través del Bono Digital.
Desde diseño de páginas web, comercio electrónico, planes de social media marketing hasta completas soluciones de gestión empresarial (CRM Gestión de Clientes, ERP), pasando por Oficina Virtual, Ciberseguridad e, incluso, Facturación Electrónica. Las pymes pueden ya comenzar su proceso de transformación digital sin coste, gracias al apoyo de los Fondos Europeos para transformación digital de las pymes españolas, con un amplio catálogo de soluciones entre las que elegir dónde gastar su bono digital.
Las condiciones básicas que deben cumplir las empresas y autónomos solicitantes son, ser microempresa, pequeña empresa (hasta 49 trabajadores) o autónomo, ni tener la consideración de empresa en crisis. Además, debe estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
Asimismo, no ha de estar sujeto a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, y no debe incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Otra de las condiciones es no superar el límite de ayudas de mínimos –todas las subvenciones otorgadas por estados de la UE inferiores a 200.000 €–.
Por último, debe tener el domicilio fiscal en España y disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico en la plataforma Acelera Pyme.