Desde 2015, existe un mecanismo para que las personas físicas puedan cancelar sus deudas y empezar de cero.
Sin embargo, a pesar del tiempo que ha transcurrido desde la aprobación de dicho mecanismo, siguen surgiendo muchas preguntas sobre la Ley de Segunda Oportunidad, a las que pueden respondes los profesionales de Libertad Sin Deudas.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad o Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, es una norma que permite a las personas que se encuentran en una situación de insolvencia, cancelar sus deudas y volver a empezar.
Antes de que se regulara el mecanismo de la segunda oportunidad, una persona insolvente tenía la opción de acudir al concurso de acreedores, que es un mecanismo pensado para las empresas. Además, el deudor debía responder de sus deudas con todo su patrimonio presente o futuro.
¿Quién puede acogerse al mecanismo de segunda oportunidad?
Esta es una de las preguntas sobre la Ley de Segunda Oportunidad más frecuentes. Como regla general, pueden acogerse al mecanismo de la segunda oportunidad las personas físicas o autónomos que se encuentren en una situación de insolvencia y no puedan pagar sus deudas actuales o prevean que no podrán pagarlas en el futuro inmediato.
¿Qué requisitos se deben cumplir para acogerse al mecanismo de segunda oportunidad?
Los requisitos que se deben cumplir dependerán de la fase en la que se encuentre el procedimiento.
Si el procedimiento se encuentra en la fase del acuerdo extrajudicial de pagos, los requisitos que se deben cumplir son: que se trate de una persona física que sea insolvente en la actualidad o de forma inminente, que el importe de la deuda no sea superior a cinco millones de euros y que el deudor no haya sido condenado en los últimos 10 años por delitos contra el patrimonio o el orden socioeconómico: falsedad documental o delitos contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social o los derechos de los trabajadores. En el caso del beneficio de exoneración de pasivo insatisfecho o BEPI, los requisitos a cumplir son: que se trate de un deudor de buena fe. El deudor no debe haber sido condenado por los delitos que se han detallado en los últimos 10 años y no ha tenido que intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos.
Por otra parte, en función del tipo de exoneración que se obtenga (definitiva, provisional o potestativa) se deberán cumplir otros requisitos como la colaboración en el concurso de acreedores o no haber rechazado una oferta de trabajo adecuada durante los últimos cuatro años, entre otros.
¿Se pueden cancelar deudas con Hacienda o la Seguridad Social?
Después de la sentencia del Tribunal Supremo de 2019 es posible cancelar deudas con Hacienda o la Seguridad Social a través del mecanismo de la segunda oportunidad. Se podrá, por ejemplo, cancelar una parte de la deuda y establecer un plan de pagos para la parte restante.
¿Cuánto cuesta el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad?
Los abogados que dirigen este tipo de procedimientos pueden fijar libremente sus honorarios tienen dos opciones: establecer una cantidad fija o cobrar un porcentaje sobre la deuda que se cancele.
¿Cómo se inicia un proceso de segunda oportunidad?
Lo primero que se debe hacer es presentar una solicitud ante notario en la que se incluirán el inventario de las deudas, bienes y derechos del deudor, los ingresos que recibe el deudor y la identificación de los acreedores y del importe de la deuda.
El notario cotejará que la documentación facilitada es suficiente para iniciar el procedimiento y notificará el inicio de las negociaciones al juzgado que corresponda. Además, podrá designar a un mediador concursal para que el deudor alcance un acuerdo con los acreedores.
¿Qué efectos tiene el inicio del proceso de segunda oportunidad?
Cuando comienza el procedimiento de segunda oportunidad se producen varios efectos importantes. No se devengarán intereses, no se podrá continuar los procesos de ejecución judicial o extrajudicial que afecten al deudor y no será posible anotar nuevos embargos sobre los bienes del deudor.
¿Qué ocurre si no se alcanza un acuerdo con los acreedores?
Otra de las preguntas más frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad es esta. La respuesta es que, si en el plazo de dos meses no se alcanza un acuerdo, se iniciará el concurso de acreedores del deudor ante el juez de primera instancia que corresponda.
En definitiva, se trata de un mecanismo que permite cancelar deudas y seguir adelante, siempre que se trate de un deudor de buena fe y se cumplan los requisitos legales.