El momento en que un familiar cercano fallece, hay que pasar por un procedimiento tanto a nivel emocional como burocrático, y a veces se torna complicado.
Es un momento en el que es imprescindible realizar una serie de gestiones que la mayoría de las personas desconoce. A través de este artículo la empresa funeraria en Málaga, Espíritu Santo, explica los trámites se deben realizar.
Si la persona fallecida tenía contratado un seguro de decesos, facilitará el papeleo a los familiares. Pero si contaba con uno de vida, la familia deberá encargarse de todo el asunto.
¿Y cuáles son los trámites administrativos que se deben realizar tras un fallecimiento?
Certificado médico, que como su nombre indica lo debe emitir el personal médico o médico forense, según las causas del fallecimiento.
Certificado de defunción. Este certificado es fundamental para poder registrar el fallecimiento de una persona en el Registro Civil. En este documento aparece la identidad del médico, la del difunto y la del familiar que ha facilitado los documentos del historial sanitario de la persona. Lo emite el médico y es la empresa funeraria la que se lo entrega a los familiares. Esta inscripción de defunción debe realizarse dentro de las 24 horas.
Tras el funeral, deberán realizarse los siguientes trámites:
La pérdida de un ser querido es doloroso y que, además, implica la realización de trámites que suelen ser complicados, mucho más cuando se está bajo de ánimos. Por esta razón, es conveniente pensar y planificar nuestra partida, para facilitar la resolución de estas cuestiones a nuestros familiares, y por ello contar con el servicio de una empresa funeraria en Málaga, es fundamental.
La funeraria Espíritu Santo, es una funeraria en Málaga, dedicada a dar servicios funerarios integrales (trámites legales y administrativos, traslado, adquisición del ataúd, velatorio, tanatopraxia, transporte, suministro de flores, etc.)