Las características de la nueva Ley Concursal que entrará en vigencia próximamente en España

Como la aplicación de importantes cambios que afectarán a los deudores y los acreedores, este 26 de septiembre entrará en vigor la nueva Ley Concursal.

Las modificaciones comienzan a regir 20 días después de su correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), siendo un conjunto de medidas que para muchos supondrán un gran alivio.

No obstante, según expertos como los del bufete Cancelamos Tu Deuda en Canarias, para aprovechar las nuevas ventajas de este nuevo proceso hay que estar bien informado. Para estos especialistas, no solo se deben saber cuáles son las modificaciones que tiene el nuevo estamento, sino qué procedimientos son los necesarios para usarlas.

La Ley Concursal, un antes y un después

La reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) ha introducido nuevos conceptos en materia de alerta temprana y planes de reestructuración. También ha incluido modificaciones en cuanto al derecho ciudadano a un proceso de Segunda Oportunidad. Dichos cambios, para muchos expertos, significarán un antes y un después en materia de Ley Concursal en España. Con ellos, el país se coloca a la vanguardia europea en esta materia.

Uno de los cambios es el Instrumento Preconcursal, que es especialmente para las personas o empresas que se encuentren con probabilidades de insolvencia. Este recurso hace desaparecer los acuerdos extrajudiciales de pago y se basa en novedosos planes de reestructuración. Es decir, se abre un abanico de nuevas posibilidades adaptadas a la situación particular del deudor con sus acreedores.

Otro de los cambios más relevantes son las modificaciones en el Instrumento Concursal. Ahora, con la reforma de la Ley, en determinadas condiciones, la empresa deudora podrá recurrir a procedimientos concursales especiales que son mucho más eficaces. En ellos, la intervención de figuras como jueces o administradores concursales será excepcional, lo cual le imprimirá mucha agilidad a los procedimientos.

Mantener la vivienda al cancelar las deudas

Los profesionales de Cancelamos Tu Deuda en Canarias aseguran que con las novedades en la Ley Concursal, quedan atrás las preocupaciones por la vivienda habitual. Según su propia experiencia, este es uno de los principales dolores de cabeza para los deudores, algo de esperar en un país donde el 53 % de las familias no pueden cubrir sus necesidades básicas y el 35 % terminan embargadas.

El nuevo proceso de Segunda Oportunidad ofrece a las personas físicas la posibilidad de cancelar sus deudas y mantener su vivienda habitual. A diferencia del texto anterior, la nueva Ley Concursal dice: “Si eres persona física o natural, puedes cancelar tus deudas y mantener tu vivienda habitual”. Aquí aparecen dos modalidades para la cancelación de deudas.

La primera es la cancelación de deuda parcial y plan de pagos y la segunda es la cancelación de deuda total y liquidación de bienes. Para ambos casos, el despacho de Cancelamos Tu Deuda en Canarias ha informado que desde ya dispone de una metodología de trabajo para estas reformas, habiendo expresado que, de esta manera, sus clientes tendrán la posibilidad de obtener los resultados esperados abaratando costes y simplificando los trámites.

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