La nueva Reforma Laboral entró en vigencia en enero del 2022, tras ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) español, después de casi 1 año de negociaciones entre los distintos sectores.
Al tratarse de una normativa nueva, es común que se presenten ciertas dudas tanto en las empresas como en los empleados, motivo por el cual es necesario un servicio de asesoría integral sobre los tipos de contrato en 2022. El centro de formación Edutedis, con más de 30 años de experiencia en el sector, cuenta con un equipo especializado en el trámite de los nuevos contratos laborales.
Carlos Molina, Director de Operaciones de Edutedis, comparte a continuación las distintas modalidades contractuales tras la Reforma Laboral.
¿Cuáles son las distintas formas de contratación laboral que existen en la actualidad?
Con el objetivo de reducir la precariedad, la inestabilidad del mercado laboral y la alta temporalidad, la simplificación de contratos es la medida adoptada por el gobierno de España. De esta manera, las nuevas modalidades de contrato son: el contrato indefinido, el contrato fijo-discontinuo, el contrato formativo y el contrato temporal.
El contrato indefinido está determinado como el contrato por defecto, con lo cual se busca otorgar una mayor estabilidad, con penalizaciones para las empresas que abusen de la rotación de contratos temporales. Por otra parte, la modalidad fijo-discontinua se aplica a actividades de temporada o de naturaleza estacional y para la prestación de servicios en contratas y subcontratas.
En cambio, los contratos formativos se dividen en aquellos de formación dual o en alternancia y los que se realizan para la obtención de la práctica profesional, la cual debe concertarse dentro de los 3 años posteriores a la terminación de los estudios. Mientras que el contrato temporal se divide en aquellos que se establecen, de acuerdo con las circunstancias de la producción o para la sustitución de un empleado.
El contrato de formación en alternancia es uno de los más demandados en el mercado laboral
»La principal ventaja del contrato de formación es que permite ahorrar grandes cantidades a las empresas», comenta Carlos Molina.
»El contrato de formación en alternancia supone coste 0 en temas de seguridad social y puede tener una duración de hasta 2 años. De esta manera, se convierte en una especie de contrato refugio que se aplica en el caso de que no cuadre un contrato indefinido o que no se cumplan los requisitos para llevar a cabo un contrato temporal».
Los requisitos que debe cumplir el trabajador para disfrutar este contrato es que sean mayores de 16 años y menores de 30, sin cualificación profesional reconocida por titulaciones o certificados de profesionalidad. Asimismo, pueden llevarse a cabo con los contratos vinculados a la formación profesional o universitaria.
En cuanto a la duración, el período de prueba desaparece y pueden formalizarse por un mínimo de 3 meses y un máximo de 2 años, donde el tiempo de trabajo sea compatible con la formación. En ese aspecto, el tiempo de trabajo no puede superar el 65 % de la jornada durante el primer año y el 85 % durante el segundo.
Como la nueva reforma laboral aumenta considerablemente las sanciones a las empresas con trabajadores en situación irregular, es ideal contar con el análisis y asesoría de especialistas en las nuevas modalidades de contrato. En Edutedis, los profesionales ofrecen un acompañamiento integral para el trámite de contratos de formación, que conlleva elegir una formación adecuada y las gestiones pertinentes con FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo).